Resolución N° 42/12/0115
Nro de Expediente:
3270-008447-09
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/7/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de 6,4776 U.R. y otra de 9,8940 U.R., a BEMIX S.A., R.U.T. 21 544520 0015, propietaria del establecimiento destinado a mayorista, sito en la calle República de Corea Nºs. 2924/26, por falta de habilitaciones municipales y de la Dirección Nacional de Bomberos.-

Montevideo, 11 de Julio de 2012.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con el funcionamiento del establecimiento mayorista, sito en la calle República de Corea Nºs. 2924/26, propiedad de BEMIX S.A., R.U.T. 21 544520 0015;
        RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local (Habilitaciones Municipales y de la Dirección Nacional de Bomberos);
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 sugiere la aplicación de una multa de 6,4776 U.R. y otra de 9,8940 U.R., por infracción al Art. 14, inc. a), numeral 1, Sección XIII del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 6,4776 U.R. (seis unidades reajustables con cuatro mil setecientas setenta y seis diezmilésimas) y otra de 9,8940 U.R (nueve unidades reajustables con ocho mil novecientos cuarenta diezmilésimas) a BEMIX S.A., R.U.T. 21 544520 0015, propietaria del establecimiento destinado a mayorista, sito en la calle República de Corea Nºs. 2924/26, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

ALVARO PEDRAJA,Concejal Municipal