Resolución N° 235/23/0115
Nro de Expediente:
2021-3330-98-000468
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
15/11/2023


Tema:
MULTA FALTA DE HABILITACION

Resumen:
Aplicar una multa de 45 U.R. al Sr. Edgar Alejandro Díaz de Souza, C.I. 2.752.477-6, R.U.T. 21 873533 0013, propietario del establecimiento destinado a pizzería y parrillada (nombre fantasía Ajo y Agua), sito en la calle Joanicó Nº 3301, con igual domicilio a los efectos legales, por falta de habilitación.(3era reincidencia) y clausura preventiva.-

Montevideo, 15 de Noviembre de 2023.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con el establecimiento destinado a pizzería y parrillada (nombre fantasía Ajo y Agua), sito en la calle Joanicó Nº 3301, propiedad del Sr. Edgar Alejandro Díaz de Souza, C.I. 2.752.477-6, R.U.T. 21 873533 0013;
        RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a la aplicación de una multa de una multa de 15 U.R por Resolución Nº 11/22/0115 del 16/III/2022, otra multa de 23 U.R. por Resolución Nº 209/22/0115 del 07/XII/2022 y otra multa de 30 U.R. por Resolución Nº 134/23/0115 del 26/VII/2023, no se ha obtenido la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local;
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 sugiere la aplicación de una multa de 45 U.R por infracción al Art. 14, inc. a, numeral 1 y los Arts. 21 y 22 de la Sección XIII del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013, (3er Reincidencia) y será solicitada la clausura preventiva;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por unanimidad entiende que corresponde la aplicación de la multa;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 45 U.R. (cuarenta y cinco unidades reajustables) al Sr. Edgar Alejandro Díaz de Souza, C.I. 2.752.477-6, R.U.T. 21 873533 0013, propietario del establecimiento destinado a pizzería y parrillada (nombre fantasía Ajo y Agua), sito en la calle Joanicó Nº 3301, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Propiciar la clausura en forma preventiva del local destinado a pizzería y parrillada (nombre fantasía Ajo y Agua), sito en la calle Joanicó Nº 3301 y solicitar al Servicio de Convivencia Departamental que al hacer efectiva la clausura, notifique al interesado, que una vez que hayan cesado las causas que la originaron podrán solicitar la reapertura del local, el que no deberá ponerse en funcionamiento hasta que se dicte resolución rehabilitándolo.-
        3º.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        4º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11, para la notificación al infractor y librar el testimonio correspondiente.-
GABRIEL VELAZCO,Alcalde.-

ANA LUISA FLEITAS,Concejal Municipal