Resolución N° 76/16/0115
Nro de Expediente:
2016-3330-98-000550
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
17/8/2016


Tema:
MULTA

Resumen:
Aplicar una multa de 12 U.R. a Veryzac S.A., R.U.T. 21 66600 0015, propietaria del predio empadronado con el Nº 104.497, sito con frente al Bvar. José Batlle y Ordóñez Nº 3042, con domicilio en la calle Soriano Nº 803, Apto. 502, por demolición sin permiso.-

Montevideo, 17 de Agosto de 2016.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la demolición realizada en el predio empadronado con el Nº 104.497, sito con frente al Bvar. José Batlle y Ordóñez Nº 3042, propiedad de Veryzac S.A., R.U.T. 21 66600 0015;
        RESULTANDO: que el Área de Arquitectura y Urbanismo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11, informa que la demolición que se pretende regularizar ya fue realizada, no presentándose Permiso de Construcción aprobado, que permita autorizar el trámite de regularización de la demolición, pese a los plazos concedidos no se ha procedido de la manera solicitado por lo que corresponde aplicar una multa de 12 U.R. de acuerdo a lo establecido en el Art. 15 inc. b, del Decreto Nº 21626 del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por mayoría, entiende que corresponde la aplicación de la multa, con el voto en contra de los Concejales Carolina Murphy y Néstor Paipo;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las
        competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 12 U.R. (doce unidades reajustables) a Veryzac S.A., R.U.T. 21 66600 0015, propietaria del predio empadronado con el Nº 104.497, sito con frente al Bvar. José Batlle y Ordóñez Nº 3042, con domicilio en la calle Soriano Nº 803, Apto. 502, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11, para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

DANIEL FAGUNDEZ,Concejal Municipal