Resolución N° 47/15/0115
Nro de Expediente:
3330-014190-11
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
25/3/2015


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de 14 U.R. y de 22 U.R. a Pedro Maccio & Cía S.A., R.U.T. 21 021382 0013, propietaria del establecimiento destinado a depósito de agroquímicos, sito en la calle Emilio Raña Nºs. 3195/97.-

Montevideo, 25 de Marzo de 2015.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a depósito de agroquímicos, sito en la calle Emilio Raña Nºs. 3195/97, propiedad de Pedro Maccio & Cía S.A., R.U.T. 21 021382 0013, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a la multa aplicada por Resolución Nº 139/13/0115 del 18/XII/13, no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local (habilitaciones municipales y de la Dirección Nacional de Bomberos- 1era. Reincidencia);
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 informa que no habiendo cumplido con lo intimado sugiere la aplicación de una multa de 14 U.R. y otra de 22 U.R., por infracción al Art. 14, inc. a) numeral 1, Sección XII y los Arts. 21º y 22º del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 14 U.R. (catorce unidades reajustables) y otra de 22 U.R (veintidós unidades reajustables) a Pedro Maccio & Cía S.A., R.U.T. 21 021382 0013, propietaria del establecimiento destinado a depósito de agroquímicos, sito en la calle Emilio Raña Nºs. 3195/97, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.-
ALVARO PEDRAJA,Alcalde.-

DANIEL FAGUNDEZ,Concejal Municipal