Resolución N° 137/13/0115
Nro de Expediente:
3330-022582-12
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
18/12/2013


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de 6,4776 U.R. a TRIPLE JOTA SRL, R.U.T. 21 640871 0011, propietaria del establecimiento destinado a distribución y venta de productos chacinados, sito en la calle Irureta Goyena Nº 2890, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 18 de Diciembre de 2013.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a distribución y venta de productos chacinados, sito en la calle Irureta Goyena Nº 2890, propiedad de TRIPLE JOTA SRL, R.U.T. 21 640871 0011;
        RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos, no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local (Habilitaciones Municipales);
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 informa que no habiendo cumplido con lo intimado sugiere la aplicación de una multa de 6,4776 U.R., por infracción al Art. 14, inc. a) numeral 1, Sección XII del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 6,4776 U.R. (seis unidades reajustables con cuatro mil setecientas setenta y seis diezmilésimas) a TRIPLE JOTA SRL, R.U.T. 21 640871 0011, propietaria del establecimiento destinado a distribución y venta de productos chacinados, sito en la calle Irureta Goyena Nº 2890, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

ALVARO PEDRAJA,Concejal Municipal