Resolución N° 68/17/0115
Nro de Expediente:
2016-3330-98-001633
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
5/7/2017


Tema:
MULTA FALTA DE HABILITACION

Resumen:
Aplicar una multa de 26 U.R. a la Sra. Paola Graciela Fleitas Menes, C.I. Nº 3:933.997-9, propietaria del establecimiento destinado a procesadora de vegetales, sito en la calle Jaime Roldós y Pons Nº 4273, con igual domicilio a los efectos legales (3era. reincidencia).-

Montevideo, 5 de Julio de 2017.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a procesadora de vegetales, sito en la calle Jaime Roldós y Pons Nº 4273, propiedad de la Sra. Paola Graciela Fleitas Menes, C.I. Nº 3:933.997-9;
        RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas por Resoluciones Nos. 43/12/0115 del 11/VII/12, 130/13/0115 del 4/XII/13 y 29/15/0115 del 4/II/15, no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local (3era. Reincidencia);
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 sugiere la aplicación de una multa de 26 U.R por infracción al Art. 14, inc. a, numeral 1 y a los Arts. 21º y 22º del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por unanimidad, entiende conveniente proveer de conformidad;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 26 U.R. (veintiséis unidades reajustables) a la Sra. Paola Graciela Fleitas Menes, C.I. Nº 3:933.997-9, propietaria del establecimiento destinado a procesadora de vegetales, sito en la calle Jaime Roldós y Pons Nº 4273, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución (3era. reincidencia).-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

DANIEL FAGUNDEZ,Concejal Municipal