Resolución N° 55/14/0115
Nro de Expediente:
3330-010875-12
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
2/4/2014


Tema:
VARIOS

Resumen:
Dejar sin efecto la Resolución Nº 105/13/0115 del 9/X/13, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 2 de Abril de 2014.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con el predio empadronado con el número 72398, sito con frente a la calle Melchor Ramírez Nº 4004;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 105/13/0115 del 9/X/13, se aplicó una multa de 19,1100 U.R. y otra de 19.7880 U.R. a Gladys Caserza Hernández, con C.I. Nº 1.456.710-5, Mirta Caserza Hernández, C.I. Nº 1.317.725-6, Sonia Caserza Hernández, C.I. Nº 1.591.109-2, María Caserza Hernández, C.I. Nº 1.706.886-7, Juan Caserza Hernández, C.I. Nº 2.560.523-5 y Elba Caserza Hernández, con C.I. Nº 1.357.261-8, propietarios de dicho predio, por no haber realizado la limpieza total y permanente del mismo, así también como la construcción del cerco perimetral correspondiente;
        2º) que con fecha 6/XI/13 Gladys Susana Caserza Hernández, María del Carmen Caserza Hernández, Juan Manuel Caserza Hernández y Elba Mary Caserza Hernández presentaron recurso de reposición y apelación en subsidio contra la Resolución Nº 105/13/0115 del 9/X/13;
        3º) que la Abogada Asesora de este Municipio, entre otras consideraciones, sugirió no hacer lugar al recursos de reposición, en el entendido que que la actuación de la administración fue ajustada a derecho;
        4º) que la Unidad Asesoría al expedirse sobre el recurso de apelación interpuesto contra la Resolución Nº 105/13/0115 del 9/X/13, informa que: a) se advierte que en la resolución impugnada se sanciona a todos los co-propietarios del inmueble, pero solo se le concedió vista previa a la Sra. Gladys Caserza, además algunos de los propietarios no pudieron ser notificados porque se domiciliarían en el exterior y b) en consecuencia correspondería dejar sin efecto la precitada resolución, a fin de subsanar la falta de vista previa a todos los condóminos, en cuanto a los que se desconocen los datos debería realizarse publicaciones por tres días consecutivos en el Diario Oficial de acuerdo a lo previsto en el Art. R.101 del Volumen II del Digesto Departamental;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal entiende conveniente proveer de conformidad a lo informado;
        2º) que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 105/13/0115 del 9/X/13, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Disponer que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 proceda a realizar la notificación a todos los copropietarios, notificándose personalmente a quienes tienen domicilio conocido en el territorio y mediante edictos en el Diario Oficial, para quienes no residen en el país.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 a los efectos.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

ALVARO PEDRAJA,Concejal Municipal