Resolución N° 10/12/0115
Nro de Expediente:
3270-006900-09 3270-000272-05
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
7/3/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de 4,9470 U.R. a Abriluc S.A., R.U.T. 21 501778 0013, propietaria del establecimiento destinado a panadería, sito en la calle Joanicó Nº 3849, por falta de habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos.-

Montevideo, 7 de Marzo de 2012.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a panadería, sito en la calle Joanicó Nº 3849, propiedad de Abriluc S.A., R.U.T. 21 501778 0013;
        RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos, no se ha procedido a presentar la habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos;
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 informa que no habiendo cumplido con lo intimado sugiere la aplicación de una multa de 4,9470 U.R. por infracción al Art. 14, inc. a), numeral 1, Sección XIII del Decreto No. 21.626 del 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 4,9470 U.R. (cuatro unidades reajustables con nueve mil cuatrocientos setenta diezmilésimas) a Abriluc S.A., R.U.T. 21 501778 0013, propietaria del establecimiento destinado a panadería, sito en la calle Joanicó Nº 3849, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

CLAUDIO VAZQUEZ,Concejal Municipal