Resolución N° 16/24/0115
Nro de Expediente:
2022-3330-98-000411
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/1/2024


Tema:
MULTA

Resumen:
Aplicar una multa de 17 U.R., al Sr Ricardo Rodríguez Díaz, domiciliado en la calle Irureta Goyena Nº 2814, por no retirar los bolardos irregulares en la vereda frentista de la finca ubicada en la calle Irureta Goyena Nº 2814.-

Montevideo, 24 de Enero de 2024.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la construcción de bolardos en la vereda frentista de la finca ubicada en la calle Irureta Goyena Nº 2814 padrón 420.442;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Escribanía informa que el padrón pertenece al Sr Ricardo Rodríguez Díaz, domiciliado en la calle Irureta Goyena Nº 2814;
        2º) que el propietario fue intimado por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 a retirar los bolardos irregulares, sin que se haya cumplido con lo solicitado y ante el incumplimiento de lo intimado se sugiere, la aplicación de una multa de 17 U.R por infracción al Art. 3, numeral 17, de la Sección II del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por unanimidad entiende que corresponde la aplicación de la multa;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 17 U.R. (diecisiete unidades reajustables), al Sr Ricardo Rodríguez Díaz, domiciliado en la calle Irureta Goyena Nº 2814, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para notificación al infractor y librar el testimonio correspondiente..-
GABRIEL VELAZCO,Alcalde.-

HECTOR VIDAL,Concejal Municipal