Resolución N° 131/15/0114
Nro de Expediente:
3260-008036-13
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/3/2015


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Firma Pablo Javier Cabrera Ibañez., C.I. 3.916.478-6, R.U.T. 215507240015, aplicación de una multa de U.R. 9,7164 (primera reincidencia)

Montevideo, 23 de Marzo de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a heladería, sito en la Av. Rivera Nº 2596, perteneciente a la Firma Pablo Javier Cabrera Ibañez, C.I. 3.916.478-6, R.U.T. 215507240015, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas (Resolución No. 62/14/0114 de fecha 13/III/2014), habiéndose realizado una nueva inspección por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 del día 18/XI/2014, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones municipales (Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas y Regulación Alimentaria-1ra. Reincidencia-) intimándosele a presentar en un plazo de 5 (cinco) días en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 9,7164, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 9,7164 (Unidades Reajustables nueve con siete mil ciento sesenta y cuatro diezmilésimas), primer reincidencia, a la Firma Pablo Javier Cabrera Ibañez, C.I. 3.916.478-6, R.U.T. 215507240015, responsable del establecimiento destinado a heladería, sito en la Av. Rivera Nº 2596, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5
Hugo Medici,Alcalde.-

Mónica Leiros,Concejal