Resolución N° 179/14/0114
Nro de Expediente:
0014-001696-14
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
13/8/2014


Tema:
ADJUDICACIONES

Resumen:
Modificar la Resolución No. 126/14/0114 de fecha 13 de junio de 2014.-

Montevideo, 13 de Agosto de 2014.-
 
        VISTO: la Resolución No. 126/14/0114 de fecha 13 de junio de 2014;
        RESULTANDO: 1o.) que por la misma se solicita a la Intendenta de Montevideo la aprobación del Proyecto de Convenio a suscribirse entre el Municipio CH y la Asociación Civil San Francisco de Sales, Movimiento Tacurú y así mismo encomendar su firma en el Alcalde de este Municipio, para realizar tareas de barrido manual de calles dentro del área del Servicio Centro Comunal Zonal No. 5;
        2o.) que estudiada la letra del convenio por el Dr. Rafael Gesto se puntualizan varias correcciones que deben realizarse en dicha letra;
        CONSIDERANDO: 1o.) que por lo expuesto corresponde modificar el citado acto administrativo en el sentido señalado;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL CH
        RESUELVE:
        1.- Modificar la Resolución No. 126/14/0114 de fecha 13 de junio de 2014 estableciendo donde dice: "CUARTO: Aceptación y Plazo.- La Institución acepta la donación y se obliga a cumplir puntualmente el modo establecido en la cláusula anterior a partir de _____________ y por el término de 1 (un) año"
        debe decir "CUARTO: Aceptación y Plazo.- La Institución acepta la donación y se obliga a cumplir puntualmente el modo establecido en la cláusula anterior a partir del 1º de setiembre de 2014 y por el término de 1 (un) año";
        Donde dice: "c) rendiciones de cuentas de los gastos en forma mensual en la forma que establezca la Intendencia y conjuntamente con cada rendición de cuentas el informe de revisión limitadas conforme al texto aprobado por la Resolución Nº 5375/08"
        Debe decir : "c) rendiciones de cuentas de los gastos en forma mensual en la forma que establezca la Intendencia y conjuntamente con cada rendición de cuentas el informe de revisión limitadas conforme al texto aprobado por la Resolución Nº 4401/13";
        Eliminar el literal B) del la cláusula quinta Donde dice : "B) Cumplimiento anticipado. Si la institución donataria diera cumplimiento al modo anticipadamente, sin que fuere necesaria la utilización de la totalidad del dinero donado, la presente donación se considerará cumplida definitivamente por ambas partes, renunciando la donataria a reclamar de la donante suma adicional alguna a las recibidas y obligándose a reintegrar a la donante aquellas cantidades no utilizadas para el cumplimiento del modo."
        Y agregar a la cláusula octava (Rescisión) el siguiente texto " Será asimismo causal especial de rescisión del contrato la constatación de falta de actuación por parte de la institución ante denuncias de Acoso Sexual Laboral de acuerdo a lo previsto en el Punto 3 (ámbito de aplicación) del Protocolo de Actuación en Acoso Sexual Laboral aprobado por Resolución No. 3419/12 de la Intendencia de Montevideo de fecha 13 de agosto de 2012, en el marco de la ley No. 18.561, normas que la institución declara conocer"., manteniendo iguales los restantes términos.
        2.-Elevese a Secretaría General a los efectos de redactar la Resolución correspondiente.-
Luis Luján,Alcalde .-

Hugo Medici,Concejal