Resolución N° 184/20/0114
Nro de Expediente:
2017-5231-98-002919
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/11/2020


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 9 (Unidades Reajustables nueve) a la empresa DESPUL S.A., R.U.T. 217528370011, con domicilio a los efectos legales en la Avda. Luis Alberto de Herrera Nro. 2014, oficina 402, por la vereda ubicada en la calle Obligado Nro. 1395 (padrón Nro. 134921) por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 24 de Noviembre de 2020.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la vereda frente al la finca ubicada en la calle Obligado Nro. 1395, de la cual es propietaria la empresa DESPUL S.A., R.U.T. 217528370011, con domicilio a los efectos legales en la Avda. Luis Alberto de Herrera Nro. 2014, oficina 402;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a la multa aplicada (Resolución Nro. 61/19/0114 de fecha 01/III/2019), que en inspección de fecha 15/II/2020 el Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5 constató que los trabajos solicitados no se han realizado;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se sugiere la aplicación de una multa U.R. 9 (Unidades Reajustables nueve) según lo establece el Decreto 21.626, Secc II, Art 3, Num 17, notificando la aplicación de la misma con fecha 27/X/2020;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 9 (Unidades Reajustables nueve) a la empresa DESPUL S.A., R.U.T. 217528370011, con domicilio a los efectos legales en la Avda. Luis Alberto de Herrera Nro. 2014, oficina 402, por la vereda ubicada en la calle Obligado Nro. 1395 (padrón Nro. 134921) por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido de inmediato, el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Ana María Larrañaga,Alcaldesa.-

Alvaro Maynard,Concejal