Resolución N° 22/20/0114
Nro de Expediente:
2019-0014-98-000423
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
28/1/2020


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 1 ( Unidades Reajustables una) al Sr. Iñigo María de Palacio Oriol, C.I: 5.502.314-4 y a la Sra. María Marcela Ferrari Anchorena, C.I. 5.546.891-2, responsables del mantenimiento del retiro frontal ubicado en la calle Francisco Solano Antuña Nro. 2737 (padrón 32.291), Rambla Gandhi 55, Apto. 1201, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 28 de Enero de 2020.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de higiene, limpieza y mantenimiento del retiro frontal ubicado en la calle Francisco Solano Antuña Nro. 2737 (padrón 32.291) perteneciente al Sr. Iñigo María de Palacio de Oriol, C.I: 5.502.314-4 y a la Sra. María Marcela Ferrari Anchorena, C.I. 5.546.891-2 con domicilio a los efectos legales en Rambla Gandhi 55, Apto. 1201;
        RESULTANDO: 1o.) que el Municipio CH intimó a los responsables a efectuar el mantenimiento del predio en un plazo de 30 días, bajo apercibimiento en caso de omisión, de las sanciones correspondientes, notificado en fecha 22/XI/2019.
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado el Sector Inspectivo solicita la aplicación de una multa de U.R. 1 (Dec. 21.626, art. 4, Lit. B, Num. 9), notificado el 23/XII/2019 ;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 1 (Unidades Reajustables una) al Sr. Iñigo María de Palacio de Oriol, C.I: 5.502.314-4 y a la Sra. María Marcela Ferrari Anchorena, C.I. 5.546.891-2, responsables del mantenimiento del retiro frontal ubicado en la calle Francisco Solano Antuña Nro. 2737 (padrón 32.291), con domicilio a los efectos legales en Rambla Gandhi 55, Apto. 1201, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
      3.-Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar al infractor y librar testimonio correspondiente.-
Santiago Borsari,Alcalde (I).-

Alvaro Maynard,Concejal