Resolución N° 363/15/0114
Nro de Expediente:
3260-000559-14
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
16/10/2015


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 8 (Unidades Reajustables ocho) a la firma NIGRIN S.R.L., R.U.T. 216966010018 responsable del entarimando, sito en la calle 20 de setiembre No. 1520.-

Montevideo, 16 de Octubre de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el entarimado del establecimiento destinado a restaurante, sito en la calle 20 de setiembre No. 1520, perteneciente a la firma NIGRIN S.R.L., R.U.T. 216966010018 con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 el día 05/XII/2014 se pudo comprobar la existencia de una cubierta semi transparente que no figura en los planos presentados;
        2o.) que ante esto se notifica el día 27/I/2015 que se debe ajustar a los planos presentados y en caso de omisión la aplicación de una multa de U.R. 8 por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 32.082, modificativo del 32.707 y 21.626;
        3o.) que en una nueva inspección técnica de fecha 24/VII/2015 se pudo comprobar que la situación permanecía incambiada, por lo que se sugiere aplicar la multa estipulada;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 8 (Unidades Reajustables ocho) a la firma NIGRIN S.R.L., R.U.T. 216966010018 responsable del entarimando, sito en la calle 20 de setiembre No. 1520 con igual a los efectos legales por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal