Resolución N° 164/11/0114
Nro de Expediente:
2240-017174-08
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
7/10/2011


Tema:
MULTA POR MARQUESINA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 29.682 (Unidades Reajustables veintinueve con seiscientas ochenta y dos centésimas) a la firma ELPRO S.A. R.U.T. 215042130019, responsable del toldo instalado en el establecimiento sito en la calle Alejandro Chucarro No. 1252

Montevideo, 7 de Octubre de 2011.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el toldo instalado en el establecimiento sito en la calle Alejandro Chucarro No. 1252, de la cual es responsable la firma ELPRO S.A. R.U.T. 215042130019, con igual domicilio a los efectos legales ;
        RESULTANDO: 1o.) que por Resolución 94/11/0114 de fecha 03/VI/2011 se aplicó una multa de U.R. 19.7880 (Unidades Reajustables diecinueve con siete mil ochocientas ochenta diezmilésimas)
        2o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 intimó a la titular el día 01/IX/2011, a que se ajustara a las normativas vigentes de salientes desmontables (toldo), bajo apercibimiento que en caso de omisión se aplicaría una multa de U.R. 29.682, según lo que tales efectos establece la Sección XIII, Artículo 14o. del Decreto No. 21.626;
        3o.) que, al no haberse dado cumplimiento, pese al tiempo transcurrido y al plazo concedido, la mencionada dependencia sugiere la aplicación de la sanción de referencia;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 29.682 (Unidades Reajustables veintinueve con seiscientas ochenta y dos centésimas) a la firma ELPRO S.A. R.U.T. 215042130019, responsable del toldo instalado en el establecimiento sito en la calle Alejandro Chucarro No. 1252, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, si la multa permaneciera impaga, este Municipio comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro de la misma.-
        3.-Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para la notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5
Luis Luján,Alcalde.-

Hugo Medici,Concejal