Resolución N° 116/12/0114
Nro de Expediente:
0014-002761-12
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
30/8/2012


Tema:
MULTA DIRECTA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 7 (Unidades Reajustables siete) a la firma FUMIDAL S.A., R.U.T. 216440820013, con domicilio a los efectos legales sito en la calle Solano García No. 2575 apto. 202.-

Montevideo, 30 de Agosto de 2012.-
 
        VISTO: las actuaciones relacionadas con la situación de denuncia de irregularidades y prejuicios provocados por los materiales depositados en la vía pública sito en Ing. García de Zuñiga No. 2378 donde se realiza obra responsabilidad de la firma FUMIDAL S.A., R.U.T. 216440820013, con domicilio a los efectos legales sito en la calle Solano García No. 2575 apto. 202;
        RESULTANDO: 1o.) que en la inspección profesional realizada con fecha 08 de agosto del corriente , se constató la existencia de deposito de arena en la vía pública, intimándose bajo Orden de Servicio No. 45060 a retirarlo en 24 (veinticuatro) horas y en caso de omisión se aplicaría la sanción correspondiente;
        2o.) que con fecha 14 de agosto, se constató que la situación permanece incambiada; por lo que se solicita la aplicación de una multa de U.R. 7 al responsable de las obras, por infracción a lo dispuesto Artículo 4, Literal B, numeral 8, del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 7 (Unidades Reajustables siete) a la firma FUMIDAL S.A., R.U.T. 216440820013, con domicilio a los efectos legales sito en la calle Solano García No. 2575 apto. 202, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Sector Inspectivo de este Municipio para notificación al infractor y demás efectos.-
Luis Luján,Alcalde.-

Hugo Medici,Concejal