Resolución N° 200/15/0114
Nro de Expediente:
3260-012945-07
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
26/5/2015


Tema:
CLAUSURA PREVENTIVA

Resumen:
Solicitar la clausurar en forma preventiva del local destinado a gomería, sito en la calle José Leguizamón No. 3730 A, propiedad del Sr. Wiston Silva CI.: 1.491.789-1.-

Montevideo, 26 de Mayo de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionados con el establecimiento destinado a gomería, sito en la calle José Leguizamón No. 3730 A, propiedad del Sr. Wiston Silva CI.: 1.491.789-1, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas (Resolución No. 117/13/0114 de fecha 04/VI/2013, Resolución No. 02/14/0114 de fecha 27/I/2014 y Resolución No. 241/14/0114 de fecha 10/XI/2014) en intimación realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal No. 4 con fecha 27/III/2015 se pudo comprobar la falta de habilitaciones solicitadas;
        2o.) que el día 13/V/2015, el Servicio Centro Comunal Zonal No. 4 solicita formalizar la clausura preventiva del mencionado local por carecer de las Habilitaciones Municipales y de Bomberos;
        3o.) que el Alcalde del Municipio CH expresa su conformidad a lo solicitado;
        CONSIDERANDO: 1o.) que por Resolución N° 3078/10, de 12/7/10, se delegó en el Secretario General la facultad de clausurar locales cuando se constaten infracciones a la normativa que regula su funcionamiento;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Solicitar la clausurar en forma preventiva del local destinado a gomería, sito en la calle José Leguizamón No. 3730 A, propiedad del Sr. Wiston Silva CI.: 1.491.789-1, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución y también solicitar al Servicio Central de Inspección General que al hacer efectiva la clausura, notifique al interesado, que una vez que hayan cesado las causas que la originaron podrán solicitar la reapertura del local, el que no deberá ponerse en funcionamiento hasta que se dicte resolución rehabilitándolo, bajo apercibimiento de la aplicación de más severas sanciones.-
      2.-Comuníquese al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 y pase a la Secretaría General a sus efectos.-
Hugo Medici,Alcalde.-

Miguel Pereira,Concejal