Resolución N° 130/21/0114
Nro de Expediente:
2021-5231-98-001290
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
5/8/2021


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 2 (Unidades Reajustables dos) a la Sra. ALICIA MARÍA BELLATI LACABANNE CI.: 1.354.998-0, responsables de la vereda frente a la finca sita en la calle Estivao Nro. 2017 Padrón Nro. 26792, con domicilio a los efectos en la Avda. 18 de Julio Nro. 1268 Apto. 809, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 5 de Agosto de 2021.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la vereda frente a la finca sita en la calle Estivao Nro. 2017 Padrón Nro. 26792, de la cual es responsable la Sra. ALICIA MARÍA BELLATI LACABANNE CI.: 1.354.998-0, con domicilio a los efectos legales en la Avda. 18 de Julio Nro. 1268 Apto. 809;
        RESULTANDO: 1o.) que el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5 en inspección realizada el día 13/IV/2021 constata que se colocaron 2 piedras amuradas en la vereda contra la fachada y un pedazo de hormigón en la mitad de la vereda, intimando a los responsables a retirarlo otorgándoles 48 (cuarenta y ocho) horas de plazos para su cumplimiento, notificado con fecha 26/V/2021;
        2o.) que constatado que la vereda permanece en las mismas condiciones el día 20/VII/2019 se notifica a los interesados que se aplicara la sanción correspondiente;
        3o.) que por lo expuesto se informa que la sanción que corresponde aplicar es de U.R. 2 según lo establecido en el Decreto 21626, Sec. 3, Art. 4º, literal B, Numeral 5;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 2 (Unidades Reajustables dos) a la Sra. ALICIA MARÍA BELLATI LACABANNE CI.: 1.354.998-0, responsables de la vereda frente a la finca sita en la calle Estivao Nro. 2017 Padrón Nro. 26792, con domicilio a los efectos en la Avda. 18 de Julio Nro. 1268 Apto. 809, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor.-
Matilde Antía,Alcaldesa.-

Alvaro Maynard,Concejal