Resolución N° 141/14/0114
Nro de Expediente:
3260-001982-11
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/6/2014


Tema:
CLAUSURA PREVENTIVA

Resumen:
Solicitar la clausurar en forma preventiva del local destinado a restaurante, sito en la calle José Benito Lamas No. 2745, perteneciente a la Firma LAURYPLUS S.A., R.U.T. 214004060019.-

Montevideo, 23 de Junio de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a restaurante, sito en la calle José Benito Lamas No. 2745, perteneciente a la Firma LAURYPLUS S.A., R.U.T. 214004060019, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas (Resolución No. 4181/11 de fecha 12/IX/2011; 4140/12 de fecha 01/X/2012 -1ª Reincidencia- ; 3126/13 de fecha 22/VII/2013- 2ª Reincidencia- y 1455/14 de fecha 21/04/14-3ª Reincidencia-)
        2o.) que el día 07/XI/2013, el Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 solicita formalizar la clausura preventiva del mencionado local, por carecer de las habilitaciones correspondientes, no obstante las gestiones realizadas (intimaciones, multas);
        3o.) que el 03/XII/2013, el Alcalde del Municipio CH expresa su conformidad a lo solicitado;
        CONSIDERANDO: 1o.) que por Resolución N° 3078/10, de 12/7/10, se delegó en el Secretario General la facultad de clausurar locales cuando se constaten infracciones a la normativa que regula su funcionamiento;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Solicitar la clausurar en forma preventiva del local destinado a restaurante, sito en la calle José Benito Lamas No. 2745, perteneciente a la Firma LAURYPLUS S.A., R.U.T. 214004060019, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución y también solicitar al Servicio Central de Inspección General que al hacer efectiva la clausura, notifique al interesado, que una vez que hayan cesado las causas que la originaron podrán solicitar la reapertura del local, el que no deberá ponerse en funcionamiento hasta que se dicte resolución rehabilitándolo, bajo apercibimiento de la aplicación de más severas sanciones.-
      2.-Comuníquese al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 y pase a la Secretaría General a sus efectos.-
Luis Luján,Alcalde .-

Hugo Medici,Concejal