Resolución N° 191/23/0114
Nro de Expediente:
2022-3250-98-000336
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
5/8/2023


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 3 (Unidades Reajustables tres) al Sr. CORREA VARELA DIEGO EDUARDO, CI.: 4.789.478-5, R.U.T. 218869030014 responsable del local destinado a reventa de aberturas, sito en la Avda. Ramón Anador Nro. 3701, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 5 de Agosto de 2023.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a reventa de aberturas, sito en la Avda. Ramón Anador Nro. 3701 propiedad del Sr. CORREA VARELA DIEGO EDUARDO, CI.: 4.789.478-5, R.U.T. 218869030014;
        RESULTANDO: 1o.) que en intimación realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 4 del día 18/II/2023, se pudo comprobar que carecía de la habilitación municipal (Microemprendimiento), intimándosele a presentar en un plazo de 60 (sesenta) días en el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita aplicar una multa de U.R. 3 por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nro. 21.626, de fecha 23/IV/84, notificado el día 28/VI/2023;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 3 (Unidades Reajustables tres) al Sr. CORREA VARELA DIEGO EDUARDO, CI.: 4.789.478-5, R.U.T. 218869030014 responsable del local destinado a reventa de aberturas, sito en la Avda. Ramón Anador Nro. 3701, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 4.-
Matilde Antia,Alcaldesa.-

Álvaro Maynard,Concejal