Resolución N° 204/16/0114
Nro de Expediente:
3260-001425-12
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
9/5/2016


Tema:
CLAUSURA PREVENTIVA

Resumen:
Solicitar la clausura en forma preventiva del local destinado a veterinaria sito en la calle 21 de setiembre No. 3093, perteneciente a la Firma LAKUSTA ROBLES ERIKA, CI.: 2.834.944-0, R.U.T. 216312760018.-

Montevideo, 9 de Mayo de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a veterinaria, sito en la calle 21 de setiembre No. 3093, perteneciente a la Firma LAKUSTA ROBLES ERIKA, CI.: 2.834.944-0, R.U.T. 216312760018, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas (Resolución No. 104/14/0114 de fecha 31/V/2014; Resolución No. 83/15/0114 de fecha 05/III/2015-1ra. Reincidencia- y Resolución No. 313/15/0114 de fecha 12/IX/2015- 2da. Reincidencia-);
        2o.) que el día 26/I/2016, el Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 solicita formalizar la clausura preventiva del mencionado local, por carecer de las habilitaciones correspondientes, no obstante las gestiones realizadas (intimaciones, multas)
        CONSIDERANDO: 1o.) que por Resolución N° 3078/10, de 12/7/10, se delegó en el Secretario General la facultad de clausurar locales cuando se constaten infracciones a la normativa que regula su funcionamiento;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Solicitar la clausura en forma preventiva del local destinado a veterinaria sito en la calle 21 de setiembre No. 3093, perteneciente a la Firma LAKUSTA ROBLES ERIKA, CI.: 2.834.944-0, R.U.T. 216312760018 por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución y también solicitar al Servicio Central de Inspección General que al hacer efectiva la clausura, notifique al interesado, que una vez que hayan cesado las causas que la originaron podrán solicitar la reapertura del local, el que no deberá ponerse en funcionamiento hasta que se dicte resolución rehabilitándolo, bajo apercibimiento de la aplicación de más severas sanciones.-
      2.-Comuníquese al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 y pase al Departamento de Secretaría General a sus efectos.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal