Resolución N° 393/15/0114
Nro de Expediente:
3250-006940-13
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
7/12/2015


Tema:
CLAUSURA PREVENTIVA

Resumen:
Solicitar la clausura en forma preventiva del local destinado a taller mecánico, sito en la calle Alicante Nro. 1769, perteneciente a la Firma PANIZZA RIEGER WALTER ANDRES, CI.: 3.320.266-7, R.U.T. 216699160013.-

Montevideo, 7 de Diciembre de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a taller mecánico, sito en la calle Alicante Nro. 1769, perteneciente a la Firma PANIZZA RIEGER WALTER ANDRES, CI.: 3.320.266-7, R.U.T. 216699160013, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas que por Resolución Nro. 334/15/4000 de fecha 29/VI/2015 se revoca la viabilidad de uso concedida por el Servicio Contralor de la Edificación el 2/VIII/13 por Expediente Nº 4112-001342-13 para el funcionamiento del establecimiento destinado a taller mecánico automotriz;
        2o.) que el día 20/X/2015, el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal No. 4 constata que el local sigue en funcionamiento;
        3o.) que el día 28/X/2015, el Área Urbanística del Servicio Centro Comunal Zonal No. 4 informa que se deniega la habilitación comercial del local de obrados así como realizar la clausura preventiva del establecimiento;
        4o.) que el Gobierno del Municipio CH expresa su conformidad a lo solicitado;
        CONSIDERANDO: 1o.) que por Resolución N° 3078/10, de 12/7/10, se delegó en el Secretario General la facultad de clausurar locales cuando se constaten infracciones a la normativa que regula su funcionamiento;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Solicitar la clausura en forma preventiva del local destinado a taller mecánico, sito en la calle Alicante Nro. 1769, perteneciente a la Firma PANIZZA RIEGER WALTER ANDRES, CI.: 3.320.266-7, R.U.T. 216699160013, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución y también solicitar al Servicio Central de Inspección General que al hacer efectiva la clausura, notifique al interesado, que una vez que hayan cesado las causas que la originaron podrán solicitar la reapertura del local, el que no deberá ponerse en funcionamiento hasta que se dicte resolución rehabilitándolo, bajo apercibimiento de la aplicación de más severas sanciones.-
      2.-Comuníquese al Servicio Centro Comunal Zonal No. 4 y pase a la Secretaría General a sus efectos.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal