Resolución N° 134/18/0114
Nro de Expediente:
2018-3260-98-000222
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/6/2018


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 3 (Unidades Reajustables tres) y otra de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) a la firma CARRASCO CUENCA, ALVARO C.I.: 3.170.765-9, R.U.T. 218041880019

Montevideo, 12 de Junio de 2018.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a bazar sito en la calle Lazaro Gadea Nº 955 propiedad de la empresa CARRASCO CUENCA, ALVARO C.I.: 3.170.765-9, R.U.T. 218041880019, con igual domicilio a los efectos legales ;
        RESULTANDO: 1o.) que en intimación realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 5 de fecha 22/II/2018, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones municipales (Microempresa) y de la Dirección Nacional de Bomberos, intimándosele a presentar en el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes en un plazo de 30 (treinta) días;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, el día 12/IV/2018 se notifica que se aplicara una multa de U.R. 3 y otra de U.R. 5, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 3 (Unidades Reajustables tres) y otra de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) a la firma CARRASCO CUENCA, ALVARO C.I.: 3.170.765-9, R.U.T. 218041880019 con domicilio a los efectos legales en la calle Lazaro Gadea Nº 955, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal