Resolución N° 180/16/0114
Nro de Expediente:
3260-013027-15
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
29/4/2016


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 3 (Unidades Reajustables tres) a la Firma URUFORUS S.A., R.U.T. 212367990012, responsable del establecimiento destinado a Tienda, sito en Av. Luis Alberto de Herrera Nº 1290 local 339, con domicilio a los efectos legales en Avda. Italia Nro. 4346,

Montevideo, 29 de Abril de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a Tienda sito en Av. Luis Alberto de Herrera Nº 1290 local 339 perteneciente a la Firma URUFORUS S.A., R.U.T. 212367990012, con domicilio a los efectos legales en Avda. Italia Nro. 4346;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 5 de fecha 29/8/2015 se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones municipales (Microempresa), intimándosele a presentar en el mencionado Servicio en un plazo de 5 (cinco) días, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 3, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 3 (Unidades Reajustables tres) a la Firma URUFORUS S.A., R.U.T. 212367990012, responsable del establecimiento destinado a Tienda, sito en Av. Luis Alberto de Herrera Nº 1290 local 339, con domicilio a los efectos legales en Avda. Italia Nro. 4346, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal