Resolución N° 142/19/0114
Nro de Expediente:
2018-3260-98-000278
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
13/7/2019


Tema:
HABILITACIÓN MESAS, SILLAS Y ENTARIMADO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 52 (Unidades Reajustables cincuenta y dos) a la firma DISBOLONIA S.R.L., R.U.T. 217829100013 responsable del establecimiento destinado a restaurante, sito en la calle 21 de setiembre No. 3000.-

Montevideo, 13 de Julio de 2019.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a restaurante, sito en la calle 21 de setiembre Nro. 3000, perteneciente a la firma DISBOLONIA S.R.L., R.U.T. 217829100013 con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el Gobierno Municipio autorizó la solicitud de instalación de mesas y sillas (con o sin entarimado) el día 01 de agosto de 2018 mientras se cumpla con la normativa vigente y los planos presentados;
        2o.) que de acuerdo a la declaración presentada de ocupación de espacio, el monto de depósito de garantía Nro. 824485 es de U.R. 79;
        3o.) que el día 15 de febrero de 2019 se notificó a la firma del monto a depositarse;
        4o.) que ante el incumplimiento de lo notificado se solicita la aplicación de la multa de U.R. 52, por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nro. 32.082, modificativo del 32.707 y la Res. 5456/08 de 08/XII/2008, notificando a los interesados con fecha 08/IV/2019;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 52 (Unidades Reajustables cincuenta y dos) a la firma DISBOLONIA S.R.L., R.U.T. 217829100013 responsable del establecimiento destinado a restaurante, sito en la calle 21 de setiembre Nro. 3000 con igual a los efectos legales por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal