Resolución N° 290/15/0114
Nro de Expediente:
3260-007685-14
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
22/8/2015


Tema:
CLAUSURA PREVENTIVA

Resumen:
Solicitar la clausura en forma preventiva del local perteneciente al Sr. Juan Carlos Karakeosian Silva, CI.: 1.479.269-7, R.U.T. 214281650015, responsable del establecimiento destinado a pub con venta de minutas, sito en la calle 2 de mayo No. 1551.-

Montevideo, 22 de Agosto de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a pub con venta de minutas, sito en la calle 2 de mayo No. 1551, perteneciente al Sr. Juan Carlos Karakeosian Silva, CI.: 1.479.269-7, R.U.T. 214281650015, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de la inspección realizada por el Arquitecto Inspectivo con fecha 08/VII/2015 se pudo comprobar el uso abusivo de la vía pública con distintos artículos (sillas, mesas, macetas, etc.) frente a dicho local;
        2o.) que el día 21/VII/2015, el Arquitecto Asesor sugiere que se debería considerar la clausura preventiva del local;
        3o.) En sesión ordinal de fecha 13/08/2015 el Concejo toma conocimiento y se resuelve: solicitar la clausura preventiva del local de obrados;
        CONSIDERANDO: 1o.) que por Resolución N° 3078/10, de 12/7/10, se delegó en el Secretario General la facultad de clausurar locales cuando se constaten infracciones a la normativa que regula su funcionamiento;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Solicitar la clausura en forma preventiva del local perteneciente al Sr. Juan Carlos Karakeosian Silva, CI.: 1.479.269-7, R.U.T. 214281650015, responsable del establecimiento destinado a pub con venta de minutas, sito en la calle 2 de mayo No. 1551, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución y también solicitar al Servicio Central de Inspección General que al hacer efectiva la clausura, notifique al interesado, que una vez que hayan cesado las causas que la originaron podrán solicitar la reapertura del local, el que no deberá ponerse en funcionamiento hasta que se dicte resolución rehabilitándolo, bajo apercibimiento de la aplicación de más severas sanciones.-
      2.-Comuníquese al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 y pase a la Secretaría General a sus efectos.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal