Resolución N° 28/18/0114
Nro de Expediente:
2016-0014-98-000177
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/2/2018


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 6 (Unidades Reajustables seis) y otra de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) a la Firma SICA MÉNDEZ RICARDO ÁLVARO, CI.: 1.758.432-8, R.U.T. 215336730013, con domicilio a los efectos legales en la calle José Ellauri No. 1336.-

Montevideo, 20 de Febrero de 2018.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a autoservicio, sito en la calle José Ellauri No. 1336, propiedad de la Firma SICA MÉNDEZ RICARDO ÁLVARO, CI.: 1.758.432-8, R.U.T. 215336730013, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 el día 09/XII/2017, no se ha procedido a presentar las habilitaciones municipales (Locales Comerciales e Instalaciones Mecánicas y Eléctricas) que autorice el funcionamiento del referido local ni de la Dirección Nacional de Bomberos, intimándose a presentar en un plazo de 5 (cinco) días en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2o.) que pese a las multas aplicadas bajo Resolución No. 262/15/0114 de fecha 24/07/2016 y Resolución Nro. 162/16/0114 de fecha 16/IV/2016 la situación permanece incambiada. Ante el incumplimiento se solicita la aplicación de una multa de U.R. 6 y otra de U.R. 10 al titular de obrados, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 de 23/IV/84, notificado con fecha 26/XII/2017 ;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL CH
        RESUELVE
      1.-Aplicar una multa de U.R. 6 (Unidades Reajustables seis) y otra de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) a la Firma SICA MÉNDEZ RICARDO ÁLVARO, CI.: 1.758.432-8, R.U.T. 215336730013, con domicilio a los efectos legales en la calle José Ellauri No. 1336, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar al infractor y mantener a plazo para, el envio al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal