Resolución N° 53/20/0114
Nro de Expediente:
2019-0014-98-000475
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
25/5/2020


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 24 (Unidades Reajustables veinticuatro) a la firma FIDEICOMISO 5970/2019, R.U.T. 218413780010, con domicilio a los efectos legales sito en la calle 25 de Mayo Nro. 741/702, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 25 de Mayo de 2020.-
 
        VISTO: las actuaciones relacionadas con la situación de denuncia de irregularidades y prejuicios provocados por impedir el correcto pasaje peatonal sita en la calle Plácido Ellauri Nro. 3438 donde se realiza obra responsabilidad de la firma FIDEICOMISO 5970/2019, R.U.T. 218413780010, con domicilio a los efectos legales en la calle 25 de Mayo Nro. 741/702;
        RESULTANDO: 1o.) que en la intimación realizada con fecha 10/XII/2019, se constata que el pasaje peatonal es utilizado para depósito de materiales de construcción y otros trabajos, solicitando el retirado inmediato de los mismos.;
        2o.) que en una nueva inspección de fecha 10/02/2020, se constata que la situación no fue solucionada en su totalidad permaneciendo las dificultades de circulación peatonal, por lo que se solicita la aplicación de una multa de U.R. 24, al responsable de las obras, por infracción a lo dispuesto según Decreto 21.626 Secc. II Art. 3 (Edificación o Urbanismo), Lit. a, notificando de la aplicación de la misma el día 11/II/2020;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 24 (Unidades Reajustables veinticuatro) a la firma FIDEICOMISO 5970/2019, R.U.T. 218413780010, con domicilio a los efectos legales sito en la calle 25 de Mayo Nro. 741/702, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Despacho de este Municipio para notificación al infractor.-
Ana María Larrañaga,Alcaldesa.-

Alvaro Maynard,Concejal