Resolución N° 210/12/0114
Nro de Expediente:
3260-002326-11
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
27/12/2012


Tema:
HABILITACIÓN MESAS, SILLAS Y ENTARIMADO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 49,5 (Unidades Reajustables cuarenta y nueve con cinco décimas) a la firma BIROME S.A., R.U.T. 214229150015, responsable del establecimiento destinado a Restaurante, sito en la calle Guipúzcoa Nos. 340/344 y 350.-

Montevideo, 27 de Diciembre de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a Restaurante, sito en la calle Guipúzcoa Nos. 340/344 y 350, perteneciente a la Firma BIROME S.A., R.U.T. 214229150015, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que por Resolución No. 121/12/0114 del día 06/IX/2012 se aplica una multa de U.R. 13 por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 32.082, modificativo del 32.707 y la Res. 5456/08 de 08/XII/2008;
        2o.) que en inspección realizada el día 12 de octubre del corriente, se pudo comprobar que se estaba ocupando una superficie mayo que la autorizada, siendo la autorizada de 27 m2 y el espacio ocupado de 60 m2;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 19,5 por contumacia y otra de U.R. 30 por ocupación de espacio sin autorización, haciendo un total de U.R. 49,5 según lo dispuesto por el Decreto No. 32.082, modificativo del 32.707 y la Res. 5456/08 de 08/XII/2008;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 49,5 (Unidades Reajustables cuarenta y nueve con cinco décimas) a la firma BIROME S.A., R.U.T. 214229150015, responsable del establecimiento destinado a Restaurante, sito en la calle Guipúzcoa Nos. 340/344 y 350, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No.5.-
Luis Luján,Alcalde.-

Hugo Medici,Concejal