Resolución N° 18/16/0114
Nro de Expediente:
3250-001776-15
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/1/2016


Tema:
CLAUSURA PREVENTIVA

Resumen:
Solicitar la clausura preventiva del local destinado a pizzería, sito en la calle Gregorio Funes Nro. 2951, propiedad del Sr. ROLANDO PINTOS DANILO DAMIAN, CI.: 4.988.158-8, R.U.T. 217212500012.-

Montevideo, 11 de Enero de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a pizzería, sito en la calle Gregorio Funes Nro. 2951, propiedad del Sr. ROLANDO PINTOS DANILO DAMIAN, CI.: 4.988.158-8, R.U.T. 217212500012, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio C.C.Z. No. 4 con fecha 23/IV/2015 se pudo comprobar el funcionamiento de dicho local solicitando en reiteradas ocasiones la presentación de los trámites de Locales Comerciales, Regulación Alimentaria y Bomberos;
        2o.) que en una nueva intimación realizada por el Sector Inspectivo con fecha 05/IX/2015 se otorga un ultimo plazo de 5 (cinco) días para presentar tarjetas de trámite;
        3o.) que el día 04/XII/2015, la Dirección del Servicio C.C.Z. No. 4 de acuerdo con lo informado sugiere formalizar la clausura preventiva del mencionado local por carecer de las Habilitaciones Municipales y de Bomberos notificando al interesado el día 08/XII/2105;
        3o.) que el Gobierno del Municipio CH expresa su conformidad a lo solicitado;
        CONSIDERANDO: 1o.) que por Resolución N° 3078/10, de 12/7/10, se delegó en el Secretario General la facultad de clausurar
        locales cuando se constaten infracciones a la normativa que regula su funcionamiento;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Solicitar la clausura preventiva del local destinado a pizzería, sito en la calle Gregorio Funes Nro. 2951, propiedad del Sr. ROLANDO PINTOS DANILO DAMIAN, CI.: 4.988.158-8, R.U.T. 217212500012, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución y también solicitar al Servicio Central de Inspección General que al hacer efectiva la clausura, notifique al interesado, que una vez que hayan cesado las causas que la originaron podrán solicitar la reapertura del local, el que no deberá ponerse en funcionamiento hasta que se dicte resolución rehabilitándolo, bajo apercibimiento de la aplicación de más severas sanciones.-
      2.-Comuníquese al Servicio Centro Comunal Zonal No. 4 y pase a la Secretaría General a sus efectos.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal