Resolución N° 20/10/0114
Nro de Expediente:
3250-006113-10
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
31/12/2010


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 3,2388 (Unidades Reajustables tres con dos mil trescientas ochenta y ocho diezmilésimas) a la empresa unipersonal Ignacio Corbo, C.I. 3.691.891-6, R.U.T. 215754350011, con domicilio a los efectos legales en la calle Monte Caseros No. 2584

Montevideo, 31 de Diciembre de 2010.-
 
          VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a Panadería y Autoservice, sito en la calle Monte Caseros No. 2584, propiedad de la Empresa Unipersonal Ignacio Corbo C.I. 3.691.891-6, R.U.T. 215754350011, con igual domicilio a los efectos legales;
          RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 4 de fecha 03/VII/09, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones municipales (Regulación Alimentaria, Declaración Jurada - Microempresa, Instalaciones Mecánicas y Eléctricas), intimándosele a presentar, en un plazo de 5 (cinco) días, en la mencionada dependencia, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
          2o.) que comprobándose el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 3,2388 (Unidades Reajustables tres con dos mil trescientas ochenta y ocho diezmilésimas), a la firma titular de obrados, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
          CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en Unidades Reajustables los montos de las multas que se apliquen por transgredir las Ordenanzas Departamentales, hasta el máximo legal vigente;
          2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
          EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
          RESUELVE:
          1.-Aplicar una multa de U.R. 3,2388 (Unidades Reajustables tres con dos mil trescientas ochenta y ocho diezmilésimas) a la Empresa Unipersonal Ignacio Corbo, C.I. 3.691.891-6, R.U.T. 215754350011, con domicilio a los efectos legales en la calle Monte Caseros No. 2584, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
          2.-Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, si la multa permaneciera impaga, este Municipio comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Cobro de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro de la misma.-
          3.-Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la firma infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 4.-
Luis Luján,Alcalde.-

Hugo Medici,Concejal