Resolución N° 12/17/0114
Nro de Expediente:
2016-3260-98-000491
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
9/1/2017


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 6 (Unidades Reajustables seis) a la firma ESPAÑA BITTAR VIVIANA MARIA Y ESPAÑA BITTAR LAURA, CI.: 3.136.999-2 y 3.117.592-3 respectivamente, R.U.T. 217519670016 con domicilio a los efectos legales en la calle Brito del Pino Nro. 1057.-

Montevideo, 9 de Enero de 2017.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado salón de té sito en la calle Brito del Pino Nro. 1057 propiedad de la empresa ESPAÑA BITTAR VIVIANA MARIA Y ESPAÑA BITTAR LAURA, CI.: 3.136.999-2 y 3.117.592-3 respectivamente, R.U.T. 215994960019, con igual domicilio a los efectos legales ;
        RESULTANDO: 1o.) que en intimación realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 5 el día 17/X/2016, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones municipales (Instalaciones Mecánicas y Eléctricas) intimándosele a presentar en un plazo de 30 (treinta) días en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, el día 08/XII/2016 se notifica que se aplicara una multa de U.R. 6, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 6 (Unidades Reajustables seis) a la firma ESPAÑA BITTAR VIVIANA MARIA Y ESPAÑA BITTAR LAURA, CI.: 3.136.999-2 y 3.117.592-3 respectivamente, R.U.T. 217519670016 con domicilio a los efectos legales en la calle Brito del Pino Nro. 1057, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal