Resolución N° 114/19/0114
Nro de Expediente:
2017-3260-98-000665
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/5/2019


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) a la Razón Social SARTHOU NILSA NAIR, CI.: 4.042.666-8, R.U.T. 214814930010

Montevideo, 21 de Mayo de 2019.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a parrillada, sito en la Avda. Rivera Nro. 3266, perteneciente a la Razón Social SARTHOU NILSA NAIR, CI.: 4.042.666-8, R.U.T. 214814930010, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas (Resolución Nº 402/17/0114 de fecha 11/XI/2017), habiéndose realizado una nueva intimación por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 5 con fecha 26/II/2019, otorgando plazo de 5 días para la presentación habilitacion de Regulación Alimentaria-1ra. reincidencia-;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 10 por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nro. 21.626, de 23/IV/84, notificando con fecha 16/III/2019 la aplicación de la multa;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) a la Razón Social SARTHOU NILSA NAIR, CI.: 4.042.666-8, R.U.T. 214814930010, responsable del establecimiento destinado a parrillada, sito en la Avda. Rivera Nro. 3266, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal