Resolución N° 12/12/0114
Nro de Expediente:
3250-005332-06
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
9/2/2012


Tema:
MULTA POR MARQUESINA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 8,1625 (Unidades Reajustables ocho con mil seiscientas veinticinco diezmilésimas) a la firma BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA URUGUAY S.A., R.U.T. 210196140013, responsable del toldo instalado en el establecimiento sito en Bvar. Gral. Artigas No. 1952.-

Montevideo, 9 de Febrero de 2012.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el toldo instalado en el establecimiento sito en Bvar. Gral. Artigas No. 1952, de la cual es responsable la firma BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA URUGUAY S.A. R.U.T. 210196140013, con igual domicilio a los efectos legales ;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 4 intimó al titular el día 11/X/2011, a que se presentaran los trámites de permiso o de autorización de salientes desmontables (marquesina), bajo apercibimiento que en caso de omisión se aplicaría una multa de U.R. 8.1625, según lo que tales efectos establece la Sección II, Artículo 3o. numeral 16, del Decreto No. 21.626;
        2o.) que, al no haberse dado cumplimiento, pese al tiempo transcurrido y al plazo concedido, la mencionada dependencia sugiere la aplicación de la sanción de referencia;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 8,1625 (Unidades Reajustables ocho con mil seiscientas veinticinco diezmilésimas) a la firma BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA URUGUAY S.A., R.U.T. 210196140013, responsable del toldo instalado en el establecimiento sito en Bvar. Gral. Artigas No. 1952, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, si la multa permaneciera impaga, este Municipio comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro de la misma.-
        3.-Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para la notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 4.-
Luis Lujan,Alcalde.-

Hugo Medici,Concejal