Resolución N° 184/21/0114
Nro de Expediente:
2018-3260-98-000775
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
14/10/2021


Tema:
MULTA POR MARQUESINA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 12 (Unidades Reajustables doce) al Sr. Agostino Oliva Crispino, CI.: 1.210.377-5, responsable del establecimiento, sito en la calle Luis de la Torre Nro. 701, con domicilio a los efectos legales en la Avda. Luis Braile Nro. 3121 - J-

Montevideo, 14 de Octubre de 2021.-
 
        VISTO: los obrados relacionados con el toldo instalado en el establecimiento, sito en la calle Luis de la Torre Nro. 701, propiedad del Sr. Agostino Oliva Crispino, CI.: 1.210.377-5, con domicilio a los efectos legales en la Avda. Luis Braile Nro. 3121 - J ;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a la multa aplicada (Resolución Nro. 160/20/0114 de fecha 21/X/2020), habiéndose realizado por parte del Servicio C.C.Z. Nro. 5 una nueva inspección se informa con fecha 05/III/2021, que no se ha procedido a retirar la salientes desmontables (toldo) del referido local (1era. Reincidencia-);
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 12, por infracción a lo dispuesto por Sección XIII, Artículo 14; 21 y 22, del Decreto Nro. 21.626, de fecha 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 12 (Unidades Reajustables doce) al Sr. Agostino Oliva Crispino, CI.: 1.210.377-5, responsable del establecimiento, sito en la calle Luis de la Torre Nro. 701, con domicilio a los efectos legales en la Avda. Luis Braile Nro. 3121 - J, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Matilde Antía,Alcaldesa.-

Alvaro Maynard,Concejal