Resolución N° 133/19/0114
Nro de Expediente:
2016-3260-98-000497
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/6/2019


Tema:
CLAUSURA PREVENTIVA

Resumen:
Solicitar la clausura en forma preventiva del local destinado a Chivitería, sito en la calle Benito Lamas Nro. 2864, perteneciente a la Firma VITAMANIA S.R.L., R.U.T. 216551490011, con igual domicilio a los efectos legales

Montevideo, 20 de Junio de 2019.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a Chivitería, sito en la calle Benito Lamas Nro. 2864, perteneciente a la Firma VITAMANIA S.R.L., R.U.T. 216551490011, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas (Resolución Nro. 215/15/0114 de fecha 03/VI/2015 y Resolución Nro. 116/16/0114 de fecha 07/III/2016 y Resolución Nro. 385/16/0114 de fecha 01/XI/2016), habiéndose realizado una nueva intimación por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5 con fecha 30/I/2019, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones municipales (Habilitación Comercial);
        2o.) que el Gobierno Municipal a través de la resolución Nro. 269/18/0114 de fecha 07/XI/2018 solicitó formalizar la clausura preventiva del mencionado local, por carecer de las habilitaciones correspondientes, no obstante las gestiones realizadas (intimaciones, multas)
        3o.) que el Intendente de Montevideo formaliza la clausura por resolución Nro. 744/18/1000 de fecha 04/XII/2018;
        4o.) que el Gobierno Municipal a través de la resolución Nro. 319/18/0114 de fecha 19/XII/2018 promueve el levantamiento de la clausura considerando que el local comercial ha dado cumplimiento en el inicio de trámites de las habilitaciones solicitadas;
        5o.) que el Intendente de Montevideo formaliza el levantamiento de la clausura por resolución Nro. 785/18/1000 de fecha 20/XII/2018;
        6o.) que al día de la fecha continua sin completarse la presentación de la habilitación solicitada, por lo que el Gobierno Municipal en su sesión oridnaria Nro. 151 de fecha 15/V/2019 solicita formalizar la clausura preventiva del mencionado local;
        CONSIDERANDO: 1o.) que por Resolución N° 3078/10 de fecha 12/7/10, se delegó en el Secretario General la facultad de clausurar locales cuando se constaten infracciones a la normativa que regula su funcionamiento;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Solicitar la clausura en forma preventiva del local destinado a Chivitería, sito en la calle Benito Lamas Nro. 2864, perteneciente a la Firma VITAMANIA S.R.L., R.U.T. 216551490011, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución y también solicitar al Servicio Central de Inspección General que al hacer efectiva la clausura, notifique al interesado, que una vez que hayan cesado las causas que la originaron podrán solicitar la reapertura del local, el que no deberá ponerse en funcionamiento hasta que se dicte resolución rehabilitándolo, bajo apercibimiento de la aplicación de más severas sanciones.-
      2.-Comuníquese al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5 y pase al Departamento de Secretaría General a sus efectos.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal