Resolución N° 21/20/0114
Nro de Expediente:
2019-3260-98-001053
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
28/1/2020


Tema:
HABILITACIÓN MESAS, SILLAS Y ENTARIMADO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 30 (Unidades Reajustables quince) a la firma VESCOVI CASTELNUOVO JIMENA, VÁZQUEZ VERA JOAQUÍN Y OTROS, CI.: 4.981.006-6 y 5.562.484-9 respectivamente, R.U.T. 218540580010, con domicilio a los efectos legales en la calle Gestido 2648, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 28 de Enero de 2020.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a local gastronómico, sito en la calle Gestido Nro.2648 propiedad de la firma VESCOVI CASTELNUOVO JIMENA, VÁZQUEZ VERA JOAQUÍN Y OTROS, CI.: 4.981.006-6 y 5.562.484-9 respectivamente, R.U.T. 218540580010, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5 el día 20/XI/2019 pudo comprobar que carece de las habilitaciones para la instalación de mesas y sillas (con o sin entarimado) con una ocupación de 30 m2 intimándose a presentar en un plazo de 5 (cinco) días en el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 30, por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nro. 2346.10, notificado el día 30/XII/2019;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias
        asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 30 (Unidades Reajustables quince) a la firma VESCOVI CASTELNUOVO JIMENA, VÁZQUEZ VERA JOAQUÍN Y OTROS, CI.: 4.981.006-6 y 5.562.484-9 respectivamente, R.U.T. 218540580010, con domicilio a los efectos legales en la calle Gestido Nro.2648, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Santiago Borsari,Alcalde (I).-

Alvaro Maynard,Concejal