Resolución N° 166/21/0114
Nro de Expediente:
2016-3260-98-000107
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/9/2021


Tema:
CLAUSURA PREVENTIVA

Resumen:
Solicitar la clausura en forma preventiva del local destinado a parking, sito en José Filgueira Nro. 2429 (PADRÓN 31.452) propiedad de el Sr. JORGE MILTON COSTABEL DALMÁS y Sra. ADRIANA YANET COSTABEL FARINA, CI.: 1.285.564-7 y 2.580.545-5.

Montevideo, 20 de Setiembre de 2021.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a parking sito en José Filgueira Nro. 2429 (PADRÓN 31.452), propiedad de el Sr. JORGE MILTON COSTABEL DALMÁS y Sra. ADRIANA YANET COSTABEL FARINA, CI.: 1.285.564-7 y 2.580.545-5 respectivamente, con domicilio a los efectos legales en la Avda. Rivera Nro. 2072;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas (Resolución Nº 68/19/0114 de fecha 01/III/2019 (primer multa); Nº 67/20/0114 de fecha 29/V/2020 (primer reincidencia) y Nº 15/21/0114 de fecha 28/01/2021 (2da. Reincidencia));
        2o.) que el día 15/VI/2021, el Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 solicita formalizar la clausura preventiva del mencionado local, por carecer de las habilitaciones correspondientes habilitaciones municipales (Locales Comerciales) y de la Dirección Nacional de Bomberos, notificando a los propietarios con fecha 28/VII/2021;
        3o.) que el Gobierno Municipal en su sesión ordinaria de fecha 15/IX/2021 solicita formalizar la clausura preventiva del mencionado local, por carecer de las habilitaciones correspondientes;
        CONSIDERANDO: que por Resolución N° 3078/10 de fecha 12/7/10, se delegó en el Secretario General la facultad de clausurar locales cuando se constaten infracciones a la normativa que regula su
        funcionamiento;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Solicitar la clausura en forma preventiva del local destinado a parking, sito en José Filgueira Nro. 2429 (PADRÓN 31.452) propiedad de el Sr. JORGE MILTON COSTABEL DALMÁS y Sra. ADRIANA YANET COSTABEL FARINA, CI.: 1.285.564-7 y 2.580.545-5, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución y también solicitar al Servicio Central de Inspección General que al hacer efectiva la clausura, notifique al interesado, que una vez que hayan cesado las causas que la originaron podrán solicitar la reapertura del local, el que no deberá ponerse en funcionamiento hasta que se dicte resolución rehabilitándolo, bajo apercibimiento de la aplicación de más severas sanciones.-
      2.-Comuníquese al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5 y pase al Departamento de Secretaría General a sus efectos.-
Matilde Antía,Alcaldesa.-

Alvaro Maynard,Concejal