Resolución N° 72/20/0114
Nro de Expediente:
2019-3260-98-000613
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
6/6/2020


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 18 (Unidades Reajustables dieciocho) a la firma José Ignacio Rossi Suarez, CI.: 4.107.444-2, R.U.T. 100543660016, responsable del establecimiento destinado a minutas/bar, sito en la Avda. Rivera Nro. 3062 bis local 003.-

Montevideo, 6 de Junio de 2020.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a restaurante, sito en la Avda. Rivera Nro. 3062 bis local 003, perteneciente a la Firma José Ignacio Rossi Suarez, CI.: 4.107.444-2, R.U.T. 100543660016, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) en inspección técnica de fecha 14/VIII/2019 se constatan observaciones a levantar, notificando con fecha 23/VIII/2019 se otorgan 30 (treinta) días de plazo que en caso de incumplimiento dará lugar a la aplicación de la multa de referencia;
        2o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5 informa que, pese a la intimación efectuada y una nueva inspección con fecha 16/12/2019 no se ha procedido a levantar las observaciones constatadas, por lo que correspondería la aplicación de una multa de U.R. 18 al titular de obrados, de acuerdo a lo establecido en el Decreto 21.626 y 32.082, notificado con fecha 05/II/2020;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 18 (Unidades Reajustables dieciocho) a la firma José Ignacio Rossi Suarez, CI.: 4.107.444-2, R.U.T. 100543660016, responsable del establecimiento destinado a minutas/bar, sito en la Avda. Rivera Nro. 3062 bis local 003, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Ana María Larrañaga,Alcaldesa.-

Alvaro Maynard,Concejal