Resolución N° 206/20/0114
Nro de Expediente:
2016-3260-98-000889
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
28/12/2020


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 13 (Unidades Reajustables trece) a la firma ELTONIR S.A.; R.U.T. 214468370016 con domicilio a los efectos legales en la Avda. Luis Alberto de Herrera Nro. 1290 local 292

Montevideo, 28 de Diciembre de 2020.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a venta de indumentaria deportiva sito en la Avda. Luis Alberto de Herrera Nro. 1290 local 292 propiedad de la empresa ELTONIR S.A.; R.U.T. 214468370016, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas (Resolución Nº 444/17/0114 de fecha 02/V/2017, 324/17/0114 de fecha 05/IX/2017 y Resolución Nº 444/17/0114 de fecha 26/XII/2017) habiéndose realizado una nueva intimación por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 5 con fecha 15/VIII/2020, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones municipales (Habilitación Comercial e Instalaciones Mecánicas y Eléctricas -2da. Reincidencia-) intimándosele a presentar en un plazo de 15 (quince) días en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 13 (segunda reincidencia) por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, de 23/IV/84, habiendo notificando con fecha 25/XI/2020;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 13 (Unidades Reajustables trece) a la firma ELTONIR S.A.; R.U.T. 214468370016 con domicilio a los efectos legales en la Avda. Luis Alberto de Herrera Nro. 1290 local 292, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Alvaro Maynard,Concejal