Resolución N° 29/14/0114
Nro de Expediente:
3250-005759-10
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
18/2/2014


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 19,4328 (Unidades Reajustables diecinueve con cuatro mil trescientas veintiocho diezmilésimas) y otra de U.R. 22,2615 (Unidades Reajustables veintidós con dos mil seiscientas quince diezmilésimas) a la Firma ALICRILAN SRL., R.U.T. 210764400010, responsable del establecimiento destinado a taller metalúrgico, sito en la calle Ibirapitá No. 2777.-

Montevideo, 18 de Febrero de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a taller metalúrgico, sito en la calle Ibirapitá No. 2777, perteneciente a la Firma ALICRILAN SRL., R.U.T. 210764400010, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (Resoluciones N 26/11/0114 de fecha 02/III/2011 y No. 126/13/0114 de fecha 20/VI/2013), en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal No. 4 el día 08/XI/2013 no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local, Habilitaciones Municipales (Locales Comerciales-2da. Reincidencia-) y de la Dirección Nacional de Bomberos -1ra. Reincidencia-;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 19,4328 y otra de U.R. 22,2615 por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 19,4328 (Unidades Reajustables diecinueve con cuatro mil trescientas veintiocho diezmilésimas) y otra de U.R. 22,2615 (Unidades Reajustables veintidós con dos mil seiscientas quince diezmilésimas) a la Firma ALICRILAN SRL., R.U.T. 210764400010, responsable del establecimiento destinado a taller metalúrgico, sito en la calle Ibirapitá No. 2777, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 4.-
Luis Luján,Alcalde .-

Hugo Medici,Concejal