Resolución N° 214/18/0114
Nro de Expediente:
2016-3260-98-000559
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
18/8/2018


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 12 (Unidades Reajustables doce) a la firma VIDAL GARCIA, DIEGO, CI.: 3.891.462-3, R.U.T. 214876760011, responsable del establecimiento, sito en la calle Francisco Muñoz Nro. 3150, con domicilio a los efectos legales en la calle Inca Nro. 2084 bis.-

Montevideo, 18 de Agosto de 2018.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a cafetería, sito en la calle Francisco Muñoz Nro. 3150 perteneciente a la firma VIDAL GARCIA, DIEGO, CI.: 3.891.462-3, R.U.T. 214876760011, con domicilio a los efectos legales en la calle Inca Nro. 2084 bis;
        RESULTANDO: 1o.) en inspección técnica de fecha 17/VI/2017 se constatan observaciones a levantar, notificando con fecha 27/VI/2017 se otorgan 20 (veinte) días plazo que en caso de incumplimiento dará lugar a la aplicación de la multa de referencia;
        2o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5 informa que, pese a la intimación efectuada, no se ha procedido a levantar las observaciones constatadas en inspección profesional, por lo que correspondería la aplicación de una multa de U.R. 12 al titular de obrados, de acuerdo a lo establecido en el Decreto 21.626 y 32.082, notificado con fecha 07/XI/2017;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 12 (Unidades Reajustables doce) a la firma VIDAL GARCIA, DIEGO, CI.: 3.891.462-3, R.U.T. 214876760011, responsable del establecimiento, sito en la calle Francisco Muñoz Nro. 3150, con domicilio a los efectos legales en la calle Inca Nro. 2084 bis, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal