Resolución N° 430/16/0114
Nro de Expediente:
2016-0014-98-000031
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/12/2016


Tema:
VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 7 (Unidades Reajustables siete) a la firma PONTER S.A., R.U.T. 213242410019, responsable de la vereda sita en la calle 26 de marzo Nro. 3207, con domicilio a los efectos legales en la calle Manuel Pagola Nro. 3315.-

Montevideo, 12 de Diciembre de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el mal estado de la vereda ubicada frente al inmueble sito en la calle 26 de marzo Nro. 3207, perteneciente a la firma PONTER S.A., R.U.T. 213242410019, con domicilio a los efectos legales en la calle Manuel Pagola Nro. 3315;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas (Resolución No. 240/16/0114 de fecha 06/VI/2016), habiéndose realizado una nueva intimación por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 del día 12/X/2016, se pudo comprobar que la situación de la vereda permanece incambiada (-1ra. Reincidencia-) intimando a presentar en el mencionado Servicio los comprobantes para iniciar los trámites correspondientes a la reparación de la misma;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 7, notificada el día 11/XI/2016, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 7 (Unidades Reajustables siete) a la firma PONTER S.A., R.U.T. 213242410019, responsable de la vereda sita en la calle 26 de marzo Nro. 3207, con domicilio a los efectos legales en la calle Manuel Pagola Nro. 3315, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal