Resolución N° 138/15/0114
Nro de Expediente:
3260-005739-12
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/3/2015


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 9,7164 (Unidades Reajustables nueve con siete mil ciento sesenta y cuatro diezmilésimas), 1era. Reincidencia, a la Firma FABRICA DE PASTAS ROMAS.A., R.U.T. 211788770010, responsable del establecimiento destinado a fábrica de pastas, sito en Av. Brasil No. 2550

Montevideo, 23 de Marzo de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a fábrica de pastas, sito en Av. Brasil Nº 2550, perteneciente a la Firma FABRICA DE PASTAS ROMA S.A., R.U.T. 211788770010, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas (Resolución 159/13/0114 de fecha 19/VII/2013), habiéndose realizado una nueva intimación por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 el día 10/XI/2014, no se ha procedido a presentar la documentación habilitante de Regulación Alimentaria (1era. reincidencia) en un plazo de 5 (cinco) días en el mencionado Servicio;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 9,7164 por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 9,7164 (Unidades Reajustables nueve con siete mil ciento sesenta y cuatro diezmilésimas), 1era. Reincidencia, a la Firma FABRICA DE PASTAS ROMA S.A., R.U.T. 211788770010, responsable del establecimiento destinado a fábrica de pastas, sito en Av. Brasil No. 2550, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5.-
Hugo Medici,Alcalde.-

Mónica Leiros,Concejal