Resolución N° 243/21/0114
Nro de Expediente:
2019-3260-98-001026
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
15/12/2021


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 13 (Unidades Reajustables trece) -segunda reincidencia- a la firma ANDITUS S.A., R.U.T. 217822560019, con domicilio a los efectos legales en la Avda. Libertad Nro. 2592

Montevideo, 15 de Diciembre de 2021.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a restaurante, sito en la Avda. Libertad Nro. 2592 propiedad de la firma ANDITUS S.A., R.U.T. 217822560019, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a la multa aplicada (Resolución Nº 191/20/0114 de fecha 04/XII/2020 y Resolución Nº 144/21/0114 de fecha 18/VIII/2021), el sector inspectivo del CCZ Nº 5 pudo comprobar que carecía de las habilitaciones municipales (Instalaciones Mecánicas y Eléctricas y Regulación Alimentaria), intimándose a presentar en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes, -2da. Reincidencia-;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 13 (segunda reincidencia), por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, de 23/IV/84, notificado con fecha 16/X/2021;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 13 (Unidades Reajustables trece) -segunda reincidencia- a la firma ANDITUS S.A., R.U.T. 217822560019, con domicilio a los efectos legales en la Avda. Libertad Nro. 2592, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº. 5.-
Matilde Antía,Alcaldesa.-

Alvaro Maynard,Concejal