Resolución N° 200/16/0114
Nro de Expediente:
3260-005049-14
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
9/5/2016


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 22,50 (Unidades Reajustables veintidós con cincuenta centésimas) a la Firma DÚO BARRACA Y PINTURAS S.R.L., R.U.T. 217350920017, propietario del establecimiento destinado a ferretería, sito en la calle Presidente Oribe No. 1802.-

Montevideo, 9 de Mayo de 2016.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a ferretería, sito en la calle Presidente Oribe No. 1802 propiedad de la firma DÚO BARRACA Y PINTURAS S.R.L., R.U.T. 217350920017 con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas(Resolución No. 25/15/0114 de fecha 15/I/2015), habiéndose realizado una nueva inspección técnica del día 04/III/2016, se pudo comprobar que no se ha procedido a levantar las observaciones constatadas;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 22,50 por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 22,50 (Unidades Reajustables veintidós con cincuenta centésimas) a la Firma DÚO BARRACA Y PINTURAS S.R.L., R.U.T. 217350920017, propietario del establecimiento destinado a ferretería, sito en la calle Presidente Oribe No. 1802, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal