Resolución N° 64/18/0114
Nro de Expediente:
2016-3260-98-001682
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
2/4/2018


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 3 (Unidades Reajustables tres) y otra de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) a la firma CEAN DOMINGUEZ, MARIA MAGDALEN, CI.: 3.359.139-3, R.U.T. 216613000012 con domicilio a los efectos legales en la calle Gabriel Pereira Nro. 2761.-

Montevideo, 2 de Abril de 2018.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a rostisería sito en la calle Gabriel Pereira Nro. 2761 propiedad de la empresa CEAN DOMINGUEZ, MARIA MAGDALEN, CI.: 3.359.139-3, R.U.T. 216613000012, con igual domicilio a los efectos legales ;
        RESULTANDO: 1o.) que en intimación realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 5 de fecha 05/I/2018, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones municipales (Locales Comerciales) y de la Dirección Nacional de Bomberos, intimándosele a presentar en el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes en un plazo de 30 (treinta) días;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, el día 15/II/2018 se notifica que se aplicara una multa de U.R. 3 y otra de U.R. 5, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 3 (Unidades Reajustables tres) y otra de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) a la firma CEAN DOMINGUEZ, MARIA MAGDALEN, CI.: 3.359.139-3, R.U.T. 216613000012 con domicilio a los efectos legales en la calle Gabriel Pereira Nro. 2761, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal