Resolución N° 155/18/0114
Nro de Expediente:
2016-3260-98-001523
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
28/6/2018


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) a la firma VELAZQUEZ BOGA, RUBEN JOAQUIN, CI.: 5.081.268-7, R.U.T. 100720120019 con domicilio a los efectos legales en la calle Pereira de la Luz Nro. 1251.-

Montevideo, 28 de Junio de 2018.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a rotisería sito en la calle Pereira de la Luz Nro. 1251 propiedad de la empresa VELAZQUEZ BOGA, RUBEN JOAQUIN, CI.: 5.081.268-7, R.U.T. 100720120019 con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a la multa aplicada (Resolución Nro. 7/18/0114 de fecha 08/I/2018) y habiéndose realizado una nueva intimación por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5 con fecha 04/V/2018, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones municipales (Instalaciones Mecánicas y Eléctricas-1ra. Reincidencia-) ;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 5, por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nro. 21.626, de 23/IV/84, notificando de la aplicación de la multa con fecha 11/VI/2018;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) a la firma VELAZQUEZ BOGA, RUBEN JOAQUIN, CI.: 5.081.268-7, R.U.T. 100720120019 con domicilio a los efectos legales en la calle Pereira de la Luz Nro. 1251, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal