Resolución N° 161/14/0114
Nro de Expediente:
3260-007355-14
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/7/2014


Tema:
MULTA DIRECTA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 30 (Unidades Reajustables treinta) otra de U.R. 20 (Unidades Reajustables veinte) y otra de U.R. 7 (Unidades Reajustables siete) a la firma SILNEK S.A., R.U.T. 216188290019, con domicilio a los efectos legales sito en la calle García Cortinas No. 2371.-

Montevideo, 21 de Julio de 2014.-
 
        VISTO: las actuaciones relacionadas con la situación de denuncia de irregularidades y prejuicios provocados por la obra sita en calle García Cortinas No. 2371 de la cual es responsabe la firma SILNEK S.A., R.U.T. 216188290019, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 5, aplicó una multa directa el día 04 de junio de 2014 con boleta No. 0587 al titular de obrados, por falta a la reglamentación de barreras (cruce peatonal adecuado) por U.R. 30 según lo establece el Dec.21626- Artículo 4- Literal B., Numeral 8, otra multa de U.R. 20 por vertimiento de material en la vía pública por infracción a lo dispuesto en el Decreto No. 14.001 de 09/VIII/67 y otra de U.R. 7 por los materiales depositados en la vía pública según lo dispuesto en el Artículo 4, Literal B, numeral 8, del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 30 (Unidades Reajustables treinta) otra de U.R. 20 (Unidades Reajustables veinte) y otra de U.R. 7 (Unidades Reajustables siete) a la firma SILNEK S.A., R.U.T. 216188290019, con domicilio a los efectos legales sito en la calle García Cortinas No. 2371, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Sector Inspectivo de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5.-
Luis Luján,Alcalde .-

Hugo Medici,Concejal