Resolución N° 298/18/0114
Nro de Expediente:
2018-3260-98-000933
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/11/2018


Tema:
HABILITACIÓN MESAS, SILLAS Y ENTARIMADO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 30 (Unidades Reajustables treinta) a la firma MIMOSRESTO S.R.L., R.U.T. 218187050010, responsable del establecimiento destinado a minutas/bar, sito en la calle José Scosería Nº 2499

Montevideo, 23 de Noviembre de 2018.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a Bar, sito en la calle José Scosería Nº 2499, perteneciente a la Firma MIMOSRESTO S.R.L., R.U.T. 218187050010, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5 el día 17/IX/2018 se pudo comprobar que carece de las habilitaciones para la instalación de mesas y sillas (con o sin entarimado) intimando a presentar la documentación que habilite la utilización del espacio en un plazo de 5 (cinco) días;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 30, por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nro. 32.082, modificativo del 32.707 y la Res. 5456/08 de 08/XII/2008, notificado con fecha 08/X/2018 la aplicación de la multa;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nº. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 30 (Unidades Reajustables treinta) a la firma MIMOSRESTO S.R.L., R.U.T. 218187050010, responsable del establecimiento destinado a minutas/bar, sito en la calle José Scosería Nº 2499, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal